Me refiero al siniestro -inteligente, astuto, perverso- protagonista de la memorable serie House of Cards, un personaje de ficción que a partir del primero de julio pasado puede convertirse en real, cumpliendo una vez más con el aforismo de que la realidad supera la ficción...El Tribunal Supremo de los Estados Unidos con mayoría conservadora, sustentada en tres jueces nombrados por Donald Trump, dictaminó que los actos oficiales de la presidencia gozan de inmunidad -ese sintagma tan terriblemente parecido a impunidad- absoluta frente a la acción judicial. El efecto inmediato es el retraso indefinido del procesamiento de Donald Trump por su vinculación a los dantescos hechos acaecidos en el altar de la democracia estadounidense, el Capitolio de Washington, en enero de 2021, en el marco de su no aceptación de la derrota electoral frente a Joe Biden.
Transcribo lo siguiente del editorial del The New York Times del 4 de julio:
Como escribió la jueza Sonia Sotomayor en un contundente disenso junto con los otros dos jueces liberales, la decisión crea una serie de “escenarios de pesadilla” sobre lo que un presidente está ahora autorizado a hacer. “¿Ordenar al Equipo Seal 6 de la Marina que asesine a un rival político? Inmune. ¿Organizar un golpe militar para aferrarse al poder? Inmune. ¿Aceptar un soborno a cambio de un indulto? Inmune. Inmune, inmune, inmune”.
Sotomayor añadió: “La relación entre el presidente y el pueblo al que sirve ha cambiado irrevocablemente. En cada uso del poder oficial, el presidente es ahora un rey por encima de la ley”.
Y la alusión a la monarquía no es desatinada, fíjense en lo que dice la Constitución española de 1978 (no del siglo XV ni XVI ni nada por el estilo) sobre el monarca, artículo 56.3: "La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad...". El "uso" que hizo el rey Juan Carlos I de esa prerrogativa puede consultarse, cómo no, en Google poniendo simplemente causas judiciales o procesos al rey Juan Carlos I...De una primera entrada reproduzco lo siguiente:
"El Ministerio Fiscal concluye que no se puede perseguir penalmente al rey emérito por varios motivos: la insuficiencia de indicios incriminatorios, la prescripción del delito, la inviolabilidad que tenía como jefe del Estado o sus regularizaciones fiscales (...) En su comunicado, y pese a que concluye que no se puede ejercitar acción penal, la Fiscalía atribuye a su propia actuación el haber podido recuperar 5.095.148 euros para las arcas públicas, correspondientes a las regularizaciones llevadas a cabo por el emérito.
Con respecto a la investigación relativa al AVE a la Meca, el Ministerio Fiscal constata "cuotas defraudadas a la Hacienda Pública" entre 2008 y 2012 que "superan con creces" el importe de 120.000 euros a partir del cual se considera que existe un delito fiscal.
Sin embargo, señala que la posible responsabilidad penal de los ejercicios 2008 a 2011 estaría extinguida por la prescripción del delito, mientras que la correspondiente al ejercicio fiscal de 2012 tampoco es susceptible de reproche penal porque en ese momento Juan Carlos I era jefe del Estado y, por tanto, era inviolable..."
https://www.lasexta.com/noticias/nacional/fiscalia-archiva-tres-causas-abiertas-rey-emerito-juan-carlos_20220302621f9992e2af800001dd8f23.html